Un padre perdió la patria potestad de sus hijos. El tribunal determinó que al ser adolescentes tenían la edad y madurez suficiente para decidir la manera que deseaban convivir con su progenitor, por lo que fijaron un régimen de convivencia abierto, es decir que de manera libre y espontánea los hijos decidirían convivir con su padre, así como los horarios y las formas para realizarlo. El padre se amparó y el caso llegó a la Corte. Resolvió que debe prevalecer la voluntad de los jóvenes para elegir si quieren o no convivir con su padre. Amparo directo en revisión 1674/2014 Ponente: Ministro Arturo Zaldívar Engrose: http://bit.ly/2nSccVW #SentenciasRelevantes #LaCorteProtegeTusDerechos