El IMSS le negó la pensión por viudez a un hombre que no cumplió con los requisitos que la ley imponía solo a los varones. La ley establecía que el hombre tenía que demostrar dependencia económica e incapacidad total para poder recibir esta pensión. El viudo se amparó y la Suprema Corte determinó que hubo un trato discriminatorio al hombre por razón de género. La pensión por viudez no es una concesión gratuita sino un derecho generado durante la vida laboral de la esposa para dejar protegida a su familia. La Corte declaró inconstitucional la norma y ordenó que emitir una nueva resolución. Amparo en Revisión 371/2016. Entrevista con Érica Mora a Iveth López Vergara, secretaria de estudio y cuenta de la ponencia del ministro Eduardo Medina Mora. Ve entrevista completa en Canal Judicial http://bit.ly/2C7LAsc