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Argumentó despido injustificado y demandó el pago de indemnización, salarios vencidos y otras prestaciones. Al contestar la demanda, el patrón negó el despido alegado y ofreció el trabajo con un salario superior al que el trabajador había declarado que ganaba. La Corte resolvió la Contradicción de Tesis sobre el caso y determinó que la oferta de trabajo efectuada por el patrón debe calificarse de mala fe, cuando se proponga con un salario superior al que venía percibiendo el trabajador y el patrón al contestar la demanda, controvierte el señalado por dicho trabajador, sin haberlo acreditado en el juicio, solo con la intención de revertir la carga de la prueba y no de continuar la relación laboral. Contradicción de Tesis 128/2017 Ponente: Ministra Margarita Luna Ramos 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2OLdIsa

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