Principio de Seguridad Jurídica
Este principio prevé que la Ley debe servir como un instrumento garantizador de un trato igual (objetivo) de todos ante ella, frente a las frecuentes arbitrariedades y abusos del régimen.
La seguridad jurídica incluye dos ideas básicas que le dan contenido:
1. Certidumbre del Derecho, que es el principio de seguridad jurídica desde un punto de vista positivo y que se traduce en la importancia de la ley como un vehículo generador de certeza.
2. Eliminación de la arbitrariedad, que es el punto de vista negativo de este principio y que debe entenderse como el papel que tiene la ley como mecanismo de defensa frente a las posibles arbitrariedades de los órganos del Estado.
En efecto, este principio tiene por objeto, por una parte, dar certeza a los ciudadanos y, por otra, evitar cualquier arbitrariedad por parte de las autoridades, –también conocido como interdicción de la arbitrariedad–.
En cuanto a la certidumbre del derecho, se puede alcanzar a través de tres aspectos:
1) Ordenamiento jurídico estable: lo que se traduce en que las normas no sean reformadas constantemente, para que el contribuyente tenga mayores posibilidades de conocer sus obligaciones tributarias.
El referido autor señala que existen dificultades en saber en un momento dado cuál es el Derecho vigente sobre una materia determinada y además, en disponer de un texto normativo asequible donde se encuentre actualizada la legislación vigente sobre un determinado tributo.
2) Suficiente desarrollo normativo dentro de la jerarquía de fuentes: lo cual significa, por una parte, que el legislador ordinario cumpla con su función y desarrolle mediante ley los aspectos de las contribuciones que le corresponden y, por otra parte, que el Ejecutivo los reglamente adecuadamente.
3) La certidumbre sobre los remedios jurídicos a disposición del particular, en caso de incumplirse lo dispuesto en las normas jurídicas: situación que se alcanza asegurando que el contribuyente conozca los recursos legales que puede hacer valer en su defensa, cuando considere que está siendo afectado por el quebranto por parte de la autoridad de una disposición jurídica.
Por su parte la eliminación de la arbitrariedad o interdicción de la arbitrariedad, es uno de los objetivos del principio de seguridad jurídica, así, mediante dicho principio se pretende evitar que las autoridades lleven a cabo conductas contrarias a derecho, tanto en la creación como en la aplicación de las normas que regulan la materia tributaria.
Lo anterior es recopilado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis:
Época: Décima Época
Registro: 2014446
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 09 de junio de 2017 10:15 h
Tesis: 2a. LXXXIX/2017 (10a.)
Esta tesis se publicó el viernes 09 de junio de 2017 a las 10:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA EN MATERIA FISCAL. SU CONTENIDO ESENCIAL. Dicho principio constituye uno de los pilares sobre el cual descansa el sistema fiscal mexicano, y tutela que el gobernado no se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y, por tanto, en estado de indefensión. En ese sentido, el contenido esencial del principio de seguridad jurídica en materia fiscal radica en poder tener pleno conocimiento sobre la regulación normativa prevista en la ley y sobre sus consecuencias. De esta forma, las manifestaciones concretas del principio aludido se pueden compendiar en la certeza en el derecho y la interdicción de la arbitrariedad; la primera, a su vez, en la estabilidad del ordenamiento normativo, esto es, que tenga un desarrollo suficientemente claro, sin ambigüedades o antinomias, respecto de los elementos esenciales de la contribución y la certidumbre sobre los remedios jurídicos a disposición del contribuyente, en caso de no cumplirse con las previsiones de las normas; y la segunda, principal, mas no exclusivamente, a través de los principios de proporcionalidad y jerarquía normativa.