Una actriz demandó a un conductor de televisión por considerar que sus comentarios ofensivos y reiterados, le habían causado daño moral al afectar su derecho al honor y su reputación. En primera instancia se absolvió al conductor y en apelación se probó el daño moral, pero se exculpó al comunicador del pago de una indemnización. El caso llegó a la Corte, amparó a la actriz y estableció que debe haber dos formas de reparación: la publicación de la sentencia en el formato y medio en el que se hicieron los comentarios ofensivos y el pago de una justa indemnización. Ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
Amparo Directo en Revisión 3236/2015 Engrose: https://bit.ly/2u2NTaC