Municipios de Nayarit cobraban entre 90 y 700 pesos por el primer registro de nacimiento. La Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad para solicitar la invalidez de diversas disposiciones de las leyes de ingresos de esas localidades. El caso lo analizó la Corte y determinó que, sin importar el momento en el que se realice el trámite, no se debe cobrar la primera copia certificada del acta de nacimiento. Acción de Inconstitucionalidad 3/2016 Ministro ponente: Javier Laynez Potisek Engrose en: bit.ly/2tAnS2R #SentenciasRelevantes #LaCorteTeProtege