La prueba de ADN con la que confirmó su paternidad fue revisada solo por un perito. El hombre reclamó el impedimento que tuvo para designar a otro experto que pudiera corroborar el resultado de esa prueba. El caso llegó a la Corte y lo amparó. Determinó que tener un perito distinto para cada parte, no implica someter al niño a varias pruebas de laboratorio y solo así se garantiza el derecho a una defensa adecuada. Amparo Directo en Revisión 554/2016 Ponente: Ministro José Ramón Cossío Díaz🔻 Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2MiVb12 #LaCorteProtegeTusDerechos