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Solicitó el divorcio, pero su esposa se negaba a la separación porque para ella esto iba en contra de sus valores familiares. El esposo tramitó el divorcio voluntario porque la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo se lo permitía. Un juez amparó a la mujer para que reciba una compensación pero no invalidó la norma local que permite el divorcio sin causa. Ella pidió la revisión de su amparo. La Suprema Corte analizó el caso tomando en cuenta que en los Tratados Internacionales el concepto de vida familiar no está reducido únicamente al matrimonio. Se determinó que matrimonio y familia no son equivalentes. El derecho de protección de la familia implica favorecer de la manera más amplia el desarrollo del núcleo familiar pero no del matrimonio. Se declaró la validez de la ley que permite el divorcio sin causa ya que se reconoce la voluntad de las personas a no permanecer casadas. Amparo Directo en Revisión 1905/2012 Consulta la síntesis completa del caso: http://desc.scjn.gob.mx/DESC/documents/M%C3%89X08-S%C3%ADntesis.pdf

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