Después de haber perdido la guarda y custodia, el padre reclamó que el juez no escuchó la opinión de la niña para determinar qué era lo mejor para ella. La Corte resolvió una Contradicción de Tesis al respecto y precisó que los menores de edad tienen derecho de expresar libremente su opinión en los procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica y su participación no puede estar predeterminada por una regla fija en razón de su edad. Ponente: Ministro José Ramón Cossío Contradicción de Tesis 256/2014🔻Consulta archivo del expediente: http://bit.ly/2NsLAdd