Personas compraron tenis que ofrecían adelgazar con el simple hecho de caminar. Confirmaron después de un tiempo que no hubo los resultados anunciados. Los consumidores reclamaron la publicidad engañosa ante la Profeco, instancia que inició procedimientos que no prosperaron en beneficio de los compradores. El caso llegó a la Corte, avaló el reclamo de una indemnización por los daños y determinó que el proveedor debe comprobar con información técnica y científica que los atributos del producto que se anuncian en la publicidad son verdaderos. Amparo Directo en Revisión 2244/2014 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2EDdmzM