Una persona solicitó modificar el nombre y sexo en su acta de nacimiento con motivo de una reasignación sexo genérica. El Registro Civil de Veracruz se negó a hacerlo porque el Código Civil dispone que el procedimiento debe hacerse a través de un juicio. La Corte determinó que esa ley es discriminatoria y que el Registro Civil debe darle trámite a su solicitud. Se protege del derecho a la identidad de género. Amparo en revisión: 1317/2017 Ponente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Consulta el archivo del expediente: 🔗 http://bit.ly/2GQ7Cmx